jueves, 15 de mayo de 2014

Novedades de la reforma al Transporte Especial propuesta por el Ministerio de Transporte (último borrador


El Ministerio de Transporte expidió la última propuesta de borrador de la reforma al transporte especial, a continuación presento las novedades:

1. Se abre la habilitación de nuevas empresa, con requisitos especiales, como son:

a. Acreditar planta física para parqueo de vehículos

b. Certificación de que la empresa cuenta con un SISTEMA DE GESTIÓN DEBIDAMENTE ORGANIZADO que garanticen el control de la empresa de los vehículos vinculados.

c. Programa de reposición.
d. Programa de mantenimiento preventivo indicando si se cuenta o no con talleres propios.

e. Contar con soluciones tecnológicas de control de flota.

f. Estadísticas operacionales.

g. Formato de atención a los usuarios.

h. 1000 SMLMV de patrimonio líquido.

i. Certificado de gestión de calidad NTC-ISO-9001.

1. Todas las empresa que estén prestando el servicio deberán habilitarse OTRA VEZ en el término de 12 meses cumpliendo los requisitos anteriores.

2. Las empresas en funcionamiento deberán contar con el patrimonio de 100 SMLMV al 31 de diciembre del 2018.

3. Las empresas deberán ser propietarias del 50% de los vehículos vinculados POR CADA CLASE DE VEHICULOS.

4. Como minino la empresa debe ser propietaria de 5 vehículos, OJO NO SE TENDRA EN CUENTA LOS VEHICULOS DE LOS SOCIOS (ESTO PARA EL TEMA DE LAS COOPERATIVAS ES DELICADO). Este requisito deberá ser cumplido gradualmente al 31 de diciembre del 2018.

5. La capacidad transportadora se fijara de acuerdo al plan de rodamiento.

6. Los contratos deberán ajustarse a la Resolución 4693 del 2009.

7. Para una nueva capacidad transportadora se tiene que demostrar la utilización de todos los vehículos vinculados.

8. El cambio de servicio de público a particular solo podrá hacerse para el caso de camionetas y siempre y cuando estas tengan más de tres años en el servicio y no más de 12 años.

9. Se dan cuatro (4) meses después de otorgada la capacidad transportadora para coparla

10. VIDA UTIL para vehículos en general será de 20 años y para vehículos que se dediquen al transporte escolar será de 12 años, este requisito deberá cumplirse a 31 de diciembre del 2018

11. Se derogan lo de las empresas nuevas que requerían municipios y alcalde para la viabilidad y habilitación.

Descargue aquí el documento http://movilidadalderecho.com/index/pdf/proyecto_de_ley_ajustado_abril_2014.pdf

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