lunes, 10 de diciembre de 2012

¿Por qué la cultura organizacional es rentable?

El 50% de las compañías que han fracasado identifican que su declive ha sido propiciado por no asumir el reto de la cultura organizacional que de paso ha truncado la expansión y el crecimiento hasta llevarlas a la desaparición.
¿Por qué la cultura organizacional es rentable?. Julie Van Waveren, consultora de Mercer.
Según cifras de la consultora en recursos humanos Mercer, uno de los temas más retadores para el 60% de las compañías en América Latina es el de la cultura organizacional, que puede definirse como los hábitos y valores que los empleados asumen como comportamiento y que a largo plazo terminan por generar resultados rentables para la empresa.

FinanzasPersonales.com.co contactó a Julie Van Waveren consultora de capital humano de Mercer para indagar sobre las ventajas de crear un plan de cultura organizacional en una empresa sin importar su tamaño.

Mucho a favor
Con una cultura organizacional en la empresa se capitaliza la identidad o el ADN que hace que una compañía se diferencie de otra, algunas tendrán como norma que los empleados reciban a los clientes con un saludo de “buenas tardes”, pero otras decidirán que sea con un “buenas tardes bienvenido a nuestra compañía”.

La diferencia entre las dos frases puede parecer mínima pero, es la persona atendida la que identifica y percibe con nitidez la diferencia entre uno y otro saludo. Fórmula como esas son las que identifican claramente a un grupo de empleados y a una marca.

Tener por norma el recibir a los clientes o proveedores con contacto inmediato de algún empleado es mejor que dejarlo esperando, muy seguramente esperara pero no se llevará una buena impresión. Todo ese tipo de situaciones deben ser analizadas por las organizaciones para ganarse la fidelidad de sus clientes y se logra creando un plan estratégico organizacional.

Crecer hasta comprar

Una compañía con una cultura organizacional definida puede ir incorporando otras modalidades de negocio, adquirir otras empresas y expandirse, el resultado será que el proceso de complementación e integración será menos complicado y más rápido que cuando hay ausencia de disciplina empresarial.

Más allá de la venta de un bien o un servicio las empresas tienen que apostarle a la atención al cliente porque actualmente los consumidores tienen muchas opciones para encontrar lo que quieren y si no son buen atendidos se van y no vuelven. No se trata de estrategias de mercadeo sino de cultura organizacional.

También es mucho más fácil buscar aliados, clientes, proveedores y hasta talento humano para llevar a trabajar a la empresa, en pocas palabras tendrá más opciones de ser rentable y permanecer en el mercado.

Otras ventajas

Las empresas que asumen la cultura organizacional enfocan las actividades laborales a grupos y no a personas, con lo que hay una mayor identificación para la consecución de un logro.

Está comprobado que las decisiones que toma el nivel ejecutivo o administrativo prevé las repercusiones que los resultados tendrán en los miembros de la organización porque los considera parte del equipo.

Una compañía con una solida cultura organizacional fomenta que los empleados sean innovadores, arriesgados y mantengan informados del comportamiento de la empresa.

La cultura organizacional también debe contener criterios para recompensar y premiar a los empleados, aumentar sueldos y ascensos de acuerdo al rendimiento del trabajador y no por su antigüedad o favoritismo aumenta la competitividad laboral y el nivel empresarial.

Si pertenece al nivel ejecutivo o gerencial de una empresa aún está a tiempo de fomentar la cultura organizacional porque según como lo declara la consultora de Mercer, Julie Van Waveren “los negocios crecen hoy en día más por las personas que por la maquinaria”.

Disponible en: http://www.finanzaspersonales.com.co/ahorro-e-inversion/articulo/por-que-cultura-organizacional-rentable/48064

En 2013 se superaría desaceleración

El 2013 se perfila como el año en que la desaceleración de la economía colombiana tendrá su punto de quiebre, lo que hace pensar a los economistas que pese a la persistente situación externa, el país tendrá un crecimiento de entre el 4 y el 5 por ciento.

En el foro ‘La visión de los analistas para 2013’, organizado por Corficolombiana, las proyecciones de crecimiento de analistas como Alberto Bernal, de Bulltick Capital Markets; Andrés Escobar, de Econcept AEI; Daniel Velandia, de la comisionista Correval; Munir Jalil, del Citibank y Andrés Pardo, de Corficolombiana, coinciden con las de otros agentes del mercado que ven un repunte del país en el próximo año, impulsado principalmente por factores internos y algunos externos.

Disponible en: http://www.portafolio.co/economia/pib-colombia


martes, 13 de noviembre de 2012

Decreto 1503 de seguridad vial, excelente en el papel


Bogotá D. C., may. 15 de 2012 - Agencia de Noticias UN- A seis meses de promulgada la nueva ley de formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía, la mayoría de ciudadanos desconocen la normativa y las autoridades poco la exigen.
La Ley 1503 del 29 de diciembre de 2011 tiene por objeto definir lineamientos generales en educación, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover la seguridad en las vías. 
En consecuencia, se espera la formación de criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la vía pública. 
Según Néstor Sáenz, ingeniero en transporte y docente de la UN, la normativa expedida por el Congreso es un documento excelente desde el punto de vista de las responsabilidades y derechos de las personas, así como de la labor de control que deberían hacer las autoridades. 
No obstante, la falta de articulación entre la academia, instituciones públicas y operadores privados hace que la tarea no sea tan fácil como se dictamina en el papel. 
“Para que la ley opere, es necesario que se llegue a consensos entre estos tres sectores. El primero, con estudios serios; los segundos, con acciones concretas de control; y los terceros, con el cumplimiento de las reglas”, dice el experto. 
Si bien los Ministerios de Transporte y de Educación tienen un plazo de doce meses para reglamentar la ley y para presentar las orientaciones y estrategias pedagógicas, hasta la fecha no se evidencian avances significativos. 
Según Sáenz, incluso las autoridades de tránsito, en su mayoría, no conocen bien la nueva norma. Por eso, el llamado es para que las autoridades la hagan más visible y la difundan y para que analicen con atención los planteamientos que entregan universidades como la UN, en donde existe una especialización en seguridad vial en la que se plantean ideas para reglamentar la nueva ley.
Algunos detalles 
• La nueva Ley de seguridad vial exige la enseñanza de las normas de tránsito desde la edad preescolar, de manera sistemática.
• El Gobierno creará el portal web de seguridad vial como una herramienta para informar sobre las investigaciones y avances en la materia, así como sobre el reporte de siniestros de tránsito y el de experiencias positivas.
• Las entidades territoriales emitirán la tarjeta de compromiso personal con la seguridad vial. Esta será para el uso de los funcionarios y servidores públicos, peatones o transeúntes, pasajeros y conductores en general.
• Todas las entidades territoriales elaborarán un mapa de siniestralidad vial con el propósito de determinar de manera específica los puntos cruciales en que se requiere la intervención pública y las estrategias para lograr mejorar los índices de siniestralidad vial detectados.
• Todos los planes de desarrollo incluirán capítulos específicos sobre medidas en pro de la seguridad vial, en la respectiva entidad territorial, con el correspondiente presupuesto.

 

Empresas pagarán menos impuestos por teletrabajo


El Ministerio de Trabajo anunció que las empresas que generen nuevos empleos a partir del teletrabajo podrán tomar los aportes que realizan en parafiscales como descuento tributario para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta, es decir, si implementa el desempeño de actividades sin necesidad de presencia física, entonces, pagará menos impuestos.

En promedio hay 31.533 teletrabajadores (TT) en Colombia, tan solo en Bogotá hay 23.485 TT, en Medellín 2.850 TT y en Cali de 3.012 TT.

De acuerdo con el Ministerio, existen tres tipos de teletrabajadores reglamentados en el país, los Autónomos quienes utilizan sus casas para realizar la actividad laboral; los Móviles que no tienen un lugar de trabajo fijo y por último, los Suplementarios que son los que laboran dos o tres días a la semana en su casa y el resto lo hacen en la oficina.

Hoy el empleador está en la obligación de pagar seguridad social. A esto se le añadirá que tendrá que incorporar las condiciones para que opere mediante el reglamento, está obligado a suministrar los equipos de trabajo, a incluir al TT dentro del programa de salud ocupacional, además, a informarle la política de la empresa.

En los casos en que el teletrabajador esté contratado por el Estado será la Comisión Nacional del Servicio Civil la que mida el ejercicio de los empleados.

Con mayor protección
Por su parte, el TT tiene que participar en las actividades de la empresa, cumplir con las normas y utilizar los elementos de protección personal que se le suministren.

Según la iniciativa del Ministerio, en cuanto al pago de horas extras y demás beneficios, el empleador está en la obligación de entregarlo solo si el empleado puede demostrar que ha estado más tiempo del que le demanda la organización, sin embargo, no tendrá subsidio de transporte.

Según Rafael Pardo Rueda , ministro de Trabajo, este despacho está haciendo una campaña para la incorporación en el teletrabajo a los discapacitados.

¿Pero quién se beneficia al laborar a distancia?

Según el Ministerio, los trabajadores tienen las mismas condiciones si se desempeñan dentro o fuera de sus oficinas, se podrán incluir en esta última modalidad las personas que sean discapacitados, que estén en condiciones de desplazamiento forzoso o aislamiento geográfico, las mujeres cabeza de familia, la población que se encuentre en las cárceles y las personas amenazadas.

Además, las mujeres en etapa de maternidad, antes de iniciar su licencia o en el periodo de lactancia podrán hacer uso del trabajo a distancia a partir del Decreto reglamentario de la ley 1221 de 2008 que regula esta forma de labor en el país.

Tomado de: http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/E/empresas_pagaran_menos_impuestos_por_teletrabajo/empresas_pagaran_menos_impuestos_por_teletrabajo.asp

jueves, 1 de noviembre de 2012

Colombia se moderniza en riesgos laborales

Ahora los trabajadores tienen mayores beneficios y los empleadores más obligaciones.
 
Los dos últimos años han sido claves para que Colombia avance en materia de seguridad industrial, medio ambiente y protección a los trabajadores.
 
A la par que se perfeccionaban los acuerdos comerciales para los Tratados de Libre Comercio (TLC), las medianas y grandes compañías investigaban y se ponían al día en normas, leyes, códigos y, en general, en todo tipo de exigencias con el fin de lograr que los productos nacionales puedan estar en esos mercados sin mayores trabas.
 
Paralelamente, el Congreso de la República le daba los últimos toques y aprobó, en junio de este año, la Ley 1562 que modificó el Sistema de Riesgos Laborales y dictó otras disposiciones importantes en materia de salud ocupacional.
 
“Lo que se hizo fue una modernización de Ley 1295 de 1994, para que el país estuviera al día y a la altura de otras legislaciones en el mundo”, recalcó Renán Alfonso Rojas, presidente del Consejo Colombiano de Seguridad (CCS).

En eso coincidió con Rafael Pardo, ministro de Trabajo, quien al presentar oficialmente la nueva norma indicó que “se trata de una gran reforma al sistema, que amplía los derechos de los trabajadores y fija nuevas responsabilidades a todos los actores en beneficio de la seguridad social de todos los colombianos”.

En adelante, “todas las empresas tendrán que cumplir los estándares mínimos del sistema de garantías de calidad y asistir a los programas que periódicamente ofrecerán las aseguradoras de riesgos profesionales”, enfatizó el ministro en ese momento.

Hay que capacitar a más operarios, “para que se socialicen con los equipos automatizados de última generación; eso se reflejará en la calidad de los productos y en el nivel de competitividad de las empresas”, dijo entre tanto Pablo Eter, gerente general de Imocom.

GRANDES RETOS

Para Rojas, en materia de seguridad industrialdefinitivamente hay sectores que van bien y están preparados, pero en otros existe mucho por hacer.

“En el sector petrolero, industrial y energético, el avance es bueno, pero por ejemplo, en el agro, que es una de las locomotoras, hay deficiencias que se deben subsanar y en las que la nueva ley puede aportar”, acotó Rojas.

Por su parte, Martín Sánchez Esquivel, magíster en Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Universidad Nacional, quien además fue el primero en realizar un análisis de la nueva norma, en la revista especializada ‘Protección y Seguridad’, hay nuevos retos y obligaciones.

“Se define lo que es salud ocupacional, que debe entenderse como seguridad y salud en el trabajo. Así mismo, se mencionan temas muy importantes para los trabajadores como la definición de accidente de trabajo y enfermedad laboral”.

INCLUSIÓN TOTAL
En Colombia, según el Dane, hay 8,3 millones de trabajadores dependientes y cerca de 350 mil independientes afiliados al sistema de riesgos profesionales, hoy llamados riesgos laborales, por la nueva ley.

Y, aunque las 1.432 empresas que fueron evaluadas por el Registro Uniforme de Evaluación del Sistema de gestión en Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente, del CCS, sacaron en promedio una calificación de 91,1 por ciento en seguridad industrial, aún hay muchos aspectos para mejorar, y muchas de ellas ya lo tienen claro.

Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el 2011 conoció 14.152 casos de lesiones accidentales, de los cuales 76,2 por ciento resultaron ‘no fatales’ y el 23, 8 por ciento fueron fatales.

Para esto la nueva ley creó una comisión de inspectores de trabajo a nivel nacional, que, aunque existía de alguna manera, por mucho tiempo fue insuficiente.

Así las cosas, para el Ministerio de Trabajo la meta es que ni un solo trabajador esté por fuera del sistema.

MÁS BENEFICIOS PARA EL TRABAJADOR

Antes de la entrada en vigencia de la Ley 1562, los empleadores debían contar con un Programa de Salud Ocupacional, que era la organización y planeación sencilla de las actividades en materia de seguridad ocupacional.

“Ahora la ley le asigna la obligación de implementar un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, entendido como un proceso lógico y por etapas que siga las directivas de la OIT relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo (ILO-OSH 2001), en especial, lo relativo a la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora para gestionar los riesgos ocupacionales”, indicó Martín Sánchez Esquivel, Magíster en Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Universidad Nacional.

Para Rafael Pardo, ministro de Trabajo, estos temas son vitales en cuanto a protección de los derechos de los trabajadores.

“Tendremos una comisión permanente de trabajo dedicada a los temas de riesgos laborales, así de paso se verán beneficiados en otras áreas, por ejemplo, las prestaciones económicas, que antes prescribían al año, ahora lo harán en tres años y las incapacidades temporales que les sean pagadas deberán indexarse con base en el índice de precios al consumidor (IPC)”.
 

miércoles, 17 de octubre de 2012

Expiden nueva reglamentación para conversión a gas natural vehicular

De ahora en adelante, los talleres, equipos, mantenimientos y los procesos de conversión y revisión de gas natural comprimido para uso vehicular, deben cumplir el nuevo reglamento técnico que establece unos requisitos mínimos de seguridad.

Mediante Resolución 0957 del 21 de marzo de 2012 expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la reglamentación entrará en vigencia y será de obligatorio cumplimiento a partir del próximo 29 de diciembre de 2012.

El objetivo del reglamento es proteger la vida e integridad de las personas, mediante la exigencia de requisitos técnicos de desempeño y seguridad sobre talleres, equipos y procesos de conversión a gas natural comprimido para uso vehicular, así como prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores.

También cubre las conversiones de vehículos con aplicación dual o dedicada y biocombustibles en los requisitos que les sean aplicables. Y no es aplicable a las conversiones a GNC realizadas en motocicletas.
 
 
 
 

miércoles, 10 de octubre de 2012

Una Historia Empresarial que Aporta


Sí, es un laboratorio farmacéutico que se dedica a producir y vender medicamentos. Pero no, ese no es el caso en esta historia.

Más allá de los reconocimientos que ha recibido, está una filosofía de vida, un estilo de trabajo que se respira en el Laboratorio Profesional Farmacéutico Laproff.

En su sede de Sabaneta estrena un edificio pensado para brindar comodidad a los empleados, pero también para cumplirle a la sociedad.

Responsabilidad social con la comunidad, con los clientes, con el ambiente, con el personal y con el Estado son parte de la vida de esta empresa con 53 años en el mercado.

Lucía Cristina Peñaloza, gerente general, e Irina Acosta, funcionaria de la firma, contaron que el gran compromiso es con las mujeres, en especial las gestantes dado que en el país el 18 por ciento de estas presenta algún grado de anemia, un 50 por ciento por deficiencia de hierro.

El 23 por ciento de quienes la sufren pertenecen a la población más pobre.

Con el programa Iofi por la Vida se brinda un suplemento de fumarato ferroso, ácido fólico y vitamina C, desarrollado a partir de una investigación del Grupo de Alimentación y Nutrición Humana de la Universidad de Antioquia, de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

Se les capacita antes, durante y después del embarazo en temas de nutrición y cuidados durante la gestación. En 2011 se capacitaron 38.000.

De esta filosofía de servicio forman parte los programas ambientales. Desde 2005 se suscribió el Convenio en Producción más Limpia con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, con el que se demuestra que se puede ser productivo respetando el medio ambiente. En 2011 ahorró 21 por ciento en el consumo de agua y 26 por ciento en energía.

Laproff, además, desarrolló un método para aprovechar el residuo del empaque de tabletas (blíster), unas tres toneladas mes. El avance lo compartió con la industria farmacéutica.

El nuevo edificio es la última evidencia en responsabilidad ambiental, expresó Andrés Felipe Monsalve, coordinador de proyectos técnicos. De amplios ventanales para aprovechar al máximo la luz natural, construcción pensada según flujo de vientos para evitar el aire acondicionado y la iluminación LED que reduce el consumo de energía, más sensores que contribuyen a la causa, hacen de la edificación otro aporte al buen uso de los recursos.

Comunidad
 
Para las madres cabeza de familia realizan actividades de capacitación y cuentan con un banco de medicinas con el que apoyan brigadas de salud, La estimulación del ahorro entre los empleados, casi que con una consultoría financiera permanente y el aliento a los talentos son otras actividades de responsabilidad social.

Una manera de mostrar que se puede ser socialmente responsable más allá del negocio. Vale la pena.
Sí, es un laboratorio farmacéutico que se dedique a producir y vender medicamentos. Pero no, ese no es el caso en esta historia.

Más allá de los reconocimientos que ha recibido, está una filosofía de vida, un estilo de trabajo que se respira en el Laboratorio Profesional Farmacéutico Laproff.

En su sede de Sabaneta estrena un edificio pensado para brindar comodidad a los empleados, pero también para cumplirle a la sociedad.

Responsabilidad social con la comunidad, con los clientes, con el ambiente, con el personal y con el Estado son parte de la vida de esta empresa con 53 años en el mercado.

Lucía Cristina Peñaloza, gerente general, e Irina Acosta, funcionaria de la firma, contaron que el gran compromiso es con las mujeres, en especial las gestantes dado que en el país el 18 por ciento de estas presenta algún grado de anemia, un 50 por ciento por deficiencia de hierro.

El 23 por ciento de quienes la sufren pertenecen a la población más pobre.

Con el programa Iofi por la Vida se brinda un suplemento de fumarato ferroso, ácido fólico y vitamina C, desarrollado a partir de una investigación del Grupo de Alimentación y Nutrición Humana de la Universidad de Antioquia, de acuerdo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

Se les capacita antes, durante y después del embarazo en temas de nutrición y cuidados durante la gestación. En 2011 se capacitaron 38.000.

De esta filosofía de servicio forman parte los programas ambientales. Desde 2005 se suscribió el Convenio en Producción más Limpia con el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, con el que se demuestra que se puede ser productivo respetando el medio ambiente. En 2011 ahorró 21 por ciento en el consumo de agua y 26 por ciento en energía.

Laproff, además, desarrolló un método para aprovechar el residuo del empaque de tabletas (blíster), unas tres toneladas mes. El avance lo compartió con la industria farmacéutica.

El nuevo edificio es la última evidencia en responsabilidad ambiental, expresó Andrés Felipe Monsalve, coordinador de proyectos técnicos. De amplios ventanales para aprovechar al máximo la luz natural, construcción pensada según flujo de vientos para evitar el aire acondicionado y la iluminación LED que reduce el consumo de energía, más sensores que contribuyen a la causa, hacen de la edificación otro aporte al buen uso de los recursos.

Comunidad

Para las madres cabeza de familia realizan actividades de capacitación y cuentan con un banco de medicinas con el que apoyan brigadas de salud, La estimulación del ahorro entre los empleados, casi que con una consultoría financiera permanente y el aliento a los talentos son otras actividades de responsabilidad social.

Una manera de mostrar que se puede ser socialmente responsable más allá del negocio. Vale la pena.
 
Tomado de:

viernes, 5 de octubre de 2012

Medio Ambiente, Otra Víctima del Conflicto Armado en Colombia

La Fundación Piensa Verde reveló cifras sobre cómo ha afectado el conflicto armado a los bosques colombianos. En los últimos 20 años, 6.210.000 hectáreas se han perdido a causa de la guerra.

En los últimos 20 años el conflicto armado ha sido el causante de la pérdida de 6.210.000 hectáreas de bosque. Si la situación no cambia, en los próximos diez años el país podría perder al menos otros dos millones de hectáreas.

Estas cifras alarmantes fueron divulgadas por la fundación Piensa Verde, que viene trabajando para que se incluya en los diálogos de paz la discusión de cómo reparar el daño ambiental que los grupos armados y el comercio ilegal le han causado durante años al país.

 Una de las propuestas de esta Fundación es que se ponga sobre la mesa de diálogo entre Gobierno y Farc temas como la minería ilegal y la tala de árboles indiscriminada, que se han convertido en otro motor del conflicto armado paralelo al cultivo y tráfico de estupefacientes.

Según el director de Piensa Verde, Daniel Quintero, el 50 % de los bosques colombianos está en riesgo por la minería ilegal, la tala de árboles y la voladura de oleoductos, causas que se suman a la ganadería expansiva que crece sin control en algunas regiones del país.

De los temas que más preocupan a Quintero es la minería ilegal, porque según este ambientalista, se ha convertido en una de las fuentes de ingresos más prósperas de los grupos armados ilegales.

 Quintero sostiene que en algunos territorios se ha encontrado que estos grupos cobran vacunas y les brindan seguridad a las empresas que llegan a explotar los recursos naturales o a hacer talas indiscriminadas de forma ilegal, y en algunos casos hasta les facilitan maquinaria para hacerlo.

El ambientalista sostiene que otro agravante de la situación es que la minería ilegal no es vista con malos ojos por la comunidad internacional, como sí sucede con la siembra y producción de estupefacientes, lo que ha llevado a los grupos armados ilegales a que cambien sus dinámicas de financiación.

Por eso, otra de las propuestas de Piensa Verde es que los grupos armados ilegales, en primera instancia las Farc, no solo ayuden a acabar con el narcotráfico, sino que se conviertan en guardianes de los bosques y ríos de Colombia para protegerlos de la minería y la tala de árboles que se practica de forma ilegal. 

 Quintero sostiene que en un eventual proceso de desmovilización sería más provechoso para el país que estos hombres que conocen la geografía y las selvas colombianas se encarguen de proteger los ecosistemas, en lugar de llevarlos a la ciudad donde sus oportunidades de surgir son menores.

Otro de los llamados que está haciendo Piensa Verde es que no se incluya dentro de la reforma agraria que impulsa el Gobierno los bosques naturales ni las zonas protegidas. Esto porque existe el temor de que si entran en esta repartición para reparar a las víctimas puedan ser usadas para la agricultura y la ganadería expansiva. “La paz hay que conseguirla pero no a cualquier precio” Quintero.
 

miércoles, 3 de octubre de 2012

Seguridad del sector petrolero tendrá seminario en el país

Expertos del sector hablarán sobre las fortalezas y debilidades de la seguridad industrial.
 
Por estos días se encuentra de visita en Colombia una delegación de expertos en seguridad industrial del sector petrolero provenientes de Noruega. Mikal Rian, delegado HSE, habló con Portafolio.

¿Cómo ve al país en seguridad industrial?

A diferencia de Noruega, en este país el sector petrolero se enfrenta con una externalidad no relevante en nuestro país: un riesgo manifiesto en ataques o sabotaje y ajeno a las prácticas propias de las empresas.

¿Aquí se cumple la norma?

 Sí, en numerosos casos. Por ejemplo los requisitos para la protección, pero no se tienen en cuenta con el uso; para ser más claro, pueden tener los cascos obligatorios, pero no se los ponen.

 ¿Qué hay de RSE en el sector petrolero?

Desde las líneas del medio ambiente, todos los países han tenido accidentes históricamente; Noruega tuvo uno en el 80 que, para un país de tan pequeña población, fue de carácter muy grave. Pocos años después se adoptó la política de seguridad industrial.

 Y Colombia...

Según la Contraloría y las autoridades ambientales, una petrolera aquí derramó unos 15.000 barriles de crudo en diversas partes en los últimos cuatro años; hace pocos días hubo otro derrame por un accidente de un camión (en Huila).

En 2008 murieron tres trabajadores por una explosión de un tanque, y así podríamos enunciar varias situaciones.

¿Hay que preocuparnos?

No puedo decirlo porque no tengo datos numéricos sobre los accidentes.

Pero le comparo, en Noruega en 1980 hubo 156; 1990, 31 y en el 2000, 9. El único derrame accidental en la plataforma continental noruego fue en 1977.

‘COLOMBIA TIENE MUCHO POR MEJORAR’

Según Rian, desde la implementación del modelo noruego de seguridad industrial, los accidentes se redujeron.

“Creo que a Colombia le falta mucho por mejorar en este aspecto y en responsabilidad social. Las leyes están bien elaboradas, pero en no se traducen en resultados ideales”, sostiene.

El experto participará este viernes en un seminario, de la Cámara Colombo nórdica, en el hotel Radisson Royal. Informes: 3452721.

Juan Manuel Ramírez
Subeditor Portafolio.co
 

martes, 25 de septiembre de 2012

Foro de Responsabilidad Social y Empresarial para las Pymes.


En este espacio se busca satisfacer las necesidades actuales del sector productivo a través del conocimiento y del intercambio de prácticas positivas de RSE. El 85 por ciento de las empresas en Colombia son pyme. Esta cifra invita a desarrollar una propuesta de acompañamiento en la incursión del tema de Responsabilidad Social Empresarial en procesos de gestión y producción (RSE).

Empresas como Alpina S.A, Cerrejón, Caracol TV, Hocol S.A., Pacific Rubiales Energy, Red Pacto Global Colombia, Telefónica Colombia S,A, bajo la moderación del Consejo Empresarial para el Desarrollo Sostenible, Cecodes, serán las encargadas de compartir sus mejores prácticas y orientar a las pymes en el desarrollo de iniciativas sociales.

De acuerdo con Sergio Mauricio Rengifo, director de proyectos especiales del Consejo Empresarial Colombiano para el Desarrollo Sostenible (CECODES), “la RSE no se traduce en hacer labor social o filantropía, sino en generar una cadena de valor”.

Uno de los aspectos más importantes que se expondrá en el foro es resaltar la visión de la Responsabilidad Social Empresarial y la importancia de que las organizaciones apuesten y si arriesguen en este tema.

La Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito realizará el próximo 26 de septiembre el foro ‘Grandes empresas, modelo de gestión en RSE para las pymes’ que abrirá el premio ECIciencia – Davivienda 2012.

Tomado de: http://www.portafolio.co/negocios/foro-responsabilidad-social-y-empresarial-las-pymes

jueves, 23 de agosto de 2012

Empresarios paisas piensan que RSE mejora competitividad


Biblioteca España
El Grupo de Historia Empresarial de la Universidad EAFIT de Medellín, liderado por Gina Giraldo Hernández, quien entrevistó a 130 empresarios de 116 corporaciones antioqueñas, encontró que muchos empresarios están dando el salto del cambio de un concepto de la Responsabilidad Socialcomo una inversión ya no como un costo y comienzan a medir su impacto tal como se miden las inversiones económicas.

El 30% de los encuestados piensan que la Responsabilidad Social Empresarial es un factor de competitividad y consideran que ello es así porque mejora la reputación; el 18% creen que aumenta su compromiso con los empleados y el 17% que permite satisfacción al cliente.

El 14% de los empresarios paisas piensan que la RSE contribuye a mejorar los resultados; el 13%, que es un factor diferenciador; el 10% consideran que facilita la acreditación internacional; otro 10%, que mejora la confianza de diferentes grupos de interés, y sólo un 8% creen que mejora la relación con la comunidad; pero un 4% consideran que no influye en la competitividad, y apenas un 4%, que contribuye al desarrollo equilibrado del ambiente.

Los investigadores de EAFIT observaron que ya un buen porcentaje comienza a formular el tema en sus estrategias frente a todos los grupos de interés.

El ejercicio de la RSE se concentra en algunos grupos de interés: empleados, comunidad y medio ambiente. “Hasta ahora laRSE no era una estrategia central que garantizara la gestión empresarial, pero a partir de ahora comienza a serlo”, concluye Giraldo Hernández.

RSE = Responsabilidad Social Empresarial

El ‘boom’ de la Responsabilidad Empresarial ha impactado a muchos empresarios de la importancia de la misma en el bienestar de la sociedad y del medio ambiente, así como en la productividad de la región.


CASO DE ÉXITO
Hospital San Vicente
Sector: salud


La historia de San Vicente Fundación data de 1913 cuando nació el Hospital Universitario, creció con el Hospital Infantil en 1961, dio origen a Corpaul en 1973, apoyó la consolidación del Instituto de Alta Tecnología Médica desde 1992 y se consolidó en el siglo XXI con la inauguración de sus centros especializados en 2011. Es, en definitiva, una gran muestra del interés por ayudar a los demás de los antioqueños, benefactores que hasta le heredaban sus bienes al morir, siguiendo el ejemplo del fundador; pero también a una incansable gestión social de colectas públicas para esta entidad que forma parte del patrimonio de Antioquia.

Apunta su director, el doctor Julio Ernesto Toro: “Hasta 1996 la institución dio pérdidas y siempre vivía al ‘debe’. Pero salimos de la mala situación, primero, porque siempre nos esmeramos por gastar adecuadamente y ahorrar: de más de $250.000 millones que movemos al año, cualquier 1% que ahorremos es mucha plata, y hace tiempo nos propusimos una reserva para una contingencia. Adquirimos insumos y tecnología a los mejores precios. Aquí somos juiciosos y transparentes, tenemos claro que los recursos no son de nosotros sino de la comunidad, y esas cosas son las que han dado credibilidad al Hospital”.

Además, haciendo honor a la misión de los fundadores, el Hospital materializa su responsabilidad social como directriz estratégica mediante varios programas: para garantizar el acceso al derecho a la salud, subsidiando cada año a personas de bajos recursos económicos que no pueden pagar servicios de salud, con más de $5.470 millones.

Y siempre atento a satisfacer sus necesidades, en 1973 empezó a funcionar dentro del Hospital una planta de sueros y soluciones intravenosas, que dio inicio a la farmacéutica Corpaul.

Esta corporación realizó además otras actividades orientadas a la consecución de recursos para la obra social del Hospital: recolección y comercialización de material reciclable, administración de propiedad raíz y parqueaderos, planta de esterilización de dispositivos médicos y unidad de gestión ambiental (tiene una estación de transferencia de aceites usados y en alianza con la Cooperativa Recuperar inauguró hace poco la planta de procesamiento de plásticos Sinerplas).

También ha sido gran patrocinador de otros proyectos como el hecho en 1992, donde apoyó la creación de un centro de diagnóstico con tecnología de punta para las clínicas y hospitales de Medellín. Allí fue socio fundador del Instituto de Alta Tecnología Médica (IATM), pionero en el desarrollo de la resonancia magnética en Colombia.

El Hospital Universitario de San Vicente Fundación ha participado con aportes invaluables en materia académica, tanto en Antioquia como en el resto del país, y ostenta el récord de haber realizado más de 4.000 trasplantes renales, destacándose la calidad y los resultados obtenidos, con el seguimiento de rigurosos protocolos y el aumento en la sobrevida de los pacientes.

Hoy es la institución hospitalaria más grande del país con acreditación en salud por sus 99 años de existencia, por tener en servicio más de 650 camas en 131 servicios, por el número de personal asistencial y administrativo (más de 3.200 personas), por la atención anual médico-clínica y social a más de 235.000 personas cada año, así como por la realización de más de 16.000 cirugías anuales y más de 121.000 consultas especializadas.

San Vicente Fundación tiene las siguientes marcas:

• Hospital Universitario de San Vicente Fundación

• Hospital Infantil de San Vicente Fundación

• Centros Especializados de San Vicente Fundación

• Corpaul

• IATM

Tomado de: http://www.portafolio.co/node/59931

Lo que hay que tener en cuenta para aplicar a la renta vitalicia

Quienes comienzan su vida laboral también empiezan a programar su periodo de jubilación y pensión, pero a los problemas que se presentan por la modalidad de contrato y la inestabilidad laboral de muchos, hay que sumarle la dificultad de tener una pensión de por vida o lo que se conoce como renta vitalicia.

El seguro de renta vitalicia debe soportar dos riesgos constantes: el primero es la extralongevidad y el segundo el riesgo financiero, es decir, que las personas sobrepasen las tablas de mortalidad sobre las cuales se realizó el cálculo y que el portafolio de inversión no sea suficiente para generar las reservas constituidas y cubrir los gastos de operación de la compañía.

Si embargo, a estos dos riesgos hay que agregarle otros inherentes al sistema laboral colombiano, lo cual dificulta aún más las cosas. Se trata de el límite de pensión mínima y la inestabilidad jurídica del sistema. Según Inti Gómez, directora de la cámara de seguridad social de Fasecolda, "en Colombia, adicionalmente hay otras condiciones que desincentivan la emisión de rentas vitalicias. Un ejemplo de esto es la problemática atada a la pensión mínima la cual se establece en salarios mínimos legales mensual vigentes. Desde 1999 debido a una sentencia de la Corte Constitucional, no es posible incrementarlo por debajo del IPC. En consecuencia el aumento real del salario mínimo es casi siempre superior al IPC".

Gómez explica que el problema radica en que el incremento del salario mínimo se hace mediante concertación bajo indicadores y análisis que están enfocados en los empleados y no en los jubilados, y adicionalmente debido a la naturaleza de la concertación existe un riesgo político implícito en estas decisiones, por lo cual se dificulta proyectar el costo real de este incremento.

De esta manera tener una pensión de por vida cuando se está cotizando en el régimen privado de pensión se convierte en un privilegio de pocos, tal vez solo aquellos que cuenten con el capital necesario y cuyo análisis de riesgo se puede calcular con exactitud.

Pedagogía
Así opera la renta vitalicia

¿Qué es la renta vitalicia?
Según la vicepresidencia técnica de Positiva Compañía de Seguros, "la póliza de rentas vitalicias nació como una modalidad de pensión a partir de la Ley 100 de 1993 y se asignó su manejo a las compañías de seguros de vida con el fin de que éstas compitieran con los fondos privados en la administración de las pensiones del Régimen de Ahorro Individual.

De esta manera, cuando el capital necesario para una pensión de 1 salario mínimo o del 110 por ciento del salario mínimo (para los casos de pensión de vejez anticipada) el afiliado al fondo o los beneficiarios de éste tienen la posibilidad de elegir la modalidad de pensión que mejor les convenga".

Cifras de Fasecolda aseguran que cerca de 30.000 pensionados cuentan hoy con una pensión emitida bajo la modalidad de renta vitalicia. La mayoría son pensiones de invalidez y sobrevivencia que son los riesgos que usualmente se cubren cuando la población es joven. Con el paso del tiempo y la maduración del régimen de ahorro individual el número de pensionados de vejez bajo esta modalidad crecerá considerablemente.

Una de las compañías que prestan el servicio es Suramericana, para los directivos de la entidad "las compañías de seguros logran garantizar una renta vitalicia haciendo un proceso de tarifación que permita identificar y cuantificar el riesgo que asumen y en esa medida cobrando una prima suficiente, gestionando adecuadamente las reservas, esto es valorar periódicamente las obligaciones futuras, y haciendo una administración financiera de los recursos que fueron entregados por el cliente con una estrategia de inversión que sea afín con la obligación".

¿Cómo funciona con los fondos de pensiones?
Cuando un afiliado elige como modalidad de pensión la renta vitalicia está celebrando directa e irrevocablemente un contrato de seguro denominado contrato de renta vitalicia. Según un experto del área del fondo de pensiones Colfondos, "en esta modalidad de pensión el afiliado traslada a la aseguradora de vida el riesgo financiero y de extralongevidad".

El seguro de renta vitalicia se lo puede ayudar a conseguir el fondo de pensiones, pero tal como dice Carlos Zuleta, vicepresidente de operaciones y servicios de Porvenir: "es importante reiterar que cuando se contrata una renta vitalicia con una aseguradora, el afiliado no debe pagar ninguna comisión, simplemente con los recursos de la cuenta individual se financia la contratación de la mensualidad pensional, para el caso de vejez".

Esto lo que quiere decir es que no se paga una prima extra sino que todo el valor del fondo va la aseguradora como prima única, en este caso su saldo debe ser lo suficientemente alto para que la aseguradora pueda prestarle el servicio.

De esta manera, es falso que quien que cotiza en el régimen de ahorro individual no pueda tener pensión de por vida, lo que sí es cierto es que este seguro tiene un riesgo mayor debido a condiciones políticas del sistema.
 

Expiden nueva reglamentación para conversión a gas natural vehicular


De ahora en adelante, los talleres, equipos, mantenimientos y los procesos de conversión y revisión de gas natural comprimido para uso vehicular, deben cumplir el nuevo reglamento técnico que establece unos requisitos mínimos de seguridad.

Mediante Resolución 0957 del 21 de marzo de 2012 expedida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la reglamentación entrará en vigencia y será de obligatorio cumplimiento a partir del próximo 29 de diciembre de 2012.

El objetivo del reglamento es proteger la vida e integridad de las personas, mediante la exigencia de requisitos técnicos de desempeño y seguridad sobre talleres, equipos y procesos de conversión a gas natural comprimido para uso vehicular, así como prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores.

También cubre las conversiones de vehículos con aplicación dual o dedicada y biocombustibles en los requisitos que les sean aplicables. Y no es aplicable a las conversiones a GNC realizadas en motocicletas.

Tomado de:

miércoles, 25 de julio de 2012

Conoce la Ley 1562 sobre Riesgos Laborales



El pasado miércoles 12 de julio fue sancionada y promulgada la norma por la cual se modifica el sistema de riesgos profesionales ahora Sistema de Riesgos Laborales realizando cambios sustanciales al Programa de Salud Ocupacional ahora denominado Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Entre otros aspectos a destacar están las modificaciones realizadas tales como la protección a los trabajadores independientes vinculados a través de un contrato formal de prestación de servicios con duración superior a un mes, la inclusión y cotización de las personas del subsistema de primera respuesta (voluntarios), modificaciones en el porcentaje en el monto de distribución de la cotización al sistema, el ingreso base de liquidación (IBC) para el pago de prestaciones sociales en caso de Accidente de trabajo y enfermedad profesional, efectos por el no pago de las cotizaciones al Sistema de Riesgos Laborales, supervisión a las empresa de alto riesgo, licencias de salud ocupacional, funcionamiento del Sistema de Control de Calidad y las sanciones por incumplimiento a las normas y obligaciones en salud ocupacional, reporte de accidentes profesionales y enfermedades laborales, entre otras. 

Debe señalarse la importancia de esta Ley para nuestro sistema jurídico, ya que permite después de cinco años contar con una definición propia de Accidente de Trabajo, acorde con las necesidades de nuestro país, de tal forma a partir del 11 de Julio de 2012 perdió total aplicabilidad en nuestro país la definición contemplada por la Decisión 584 de 2004 – Comunidad Andina de Naciones para definir un accidente de trabajo, por lo que deberá aplicarse lo establecido en el artículo 3 de la Ley 1562 de 2012, que señala lo siguiente:

“Art.3.Accidente de trabajo. Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

También se considera como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actué por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresa de servicios temporales que se encuentren en misión”. (Subrayado y Negrilla fuera del texto)
 
Vale en este punto destacar la activa e importante participación del Dr. Belisario Velásquez en tan importante reforma al sistema, particularmente en el tema de accidente de trabajo en función sindical, frente al cual se sugirió un cambio sustancial con relación al texto inicial de la norma que establecía la expresión “actividad sindical” la cual sugería que cualquier actividad que se desarrollara en razón de la vinculación de un sindicato podría eventualmente considerarse accidente de trabajo, lo que podría generar conflictos y confusiones en el tema.

Así mismo, debemos indicar que la norma en estudio trae una nueva definición de enfermedad laboral, acorde con los riesgos actualmente presentados en el desarrollo de las actividades empresariales por lo que dejará de aplicarse el artículo 200 del Código Sustantivo del Trabajo; de tal manera que con la entrada en vigencia de la Ley 1562 2012, se definirá así:

Art.4.Enfermedad Laboral. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgos inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El gobierno Nacional, determinara, en forma periódica, las enfermedades que consideran como laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgos ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.

lunes, 9 de julio de 2012

La ONU endurece normas para la venta de alimentos

El organismo de normalización alimentaria de las Naciones Unidas estableció nuevas normas para proteger la salud de los consumidores.
La ONU endurece normas para la venta de alimentos
El organismo de normalización alimentaria de la ONU estableció ayer nuevas normas, entre las que se incluyen el nivel máximo de melamina en preparados líquidos para lactantes. El objetivo es proteger la salud de los consumidores en todo el mundo. Otras medidas adoptadas incluyen nuevas normas de inocuidad de los alimentos para productos marinos, melones e higos secos y de etiquetado de los alimentos.

La Comisión del Codex Alimentarius, gestionada conjuntamente por laOrganización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), establece las normas alimentarias internacionales sobre la inocuidad y la calidad de los alimentos para promover alimentos más nutritivos e inocuos para los consumidores en todo el mundo. Las normas del Codex sirven en muchos casos como base para las legislaciones nacionales y se utilizan como referencia en el comercio internacional de alimentos.

Creada hace 49 años, la Comisión del Codex Alimentarius, se reúne del 2 al 7 de julio en Roma, Italia, con la presencia de 600 delegados que representan a 184 países, además de la Unión Europea.

Melamina. La melamina puede ser letal en elevadas concentraciones y se ha utilizado ilegalmente para incrementar el contenido aparente de proteínas en productos alimentarios, incluyendo los preparados para lactantes y la leche en polvo. La leche contaminada con melamina ha causado la muerte y enfermedad de niños de corta edad. Hace dos años, la Comisión del Codex aprobó un nivel máximo de melamina de un mg/kg para los preparados para lactantes en polvo y de 2,5 mg/kg para otros alimentos y piensos. La Comisión ha establecido ahora un límite máximo de 0,15 miligramos/kilogramo de melamina en la leche infantil líquida.

La melamina se utiliza para fabricar vajillas y utensilios de cocina, entre otras aplicaciones industriales. El nuevo límite ayudará a los gobiernos a proteger a los consumidores determinando si los niveles detectados de melamina son consecuencia de su una contaminación inevitable que no causa problemas de salud o de la adulteración deliberada.

Higos secos y aflatoxinas. Las aflatoxinas, una variedad de micotoxinas producidas por mohos, son tóxicas y se sabe que son cancerígenas. Se encuentran en diversos productos, como los frutos secos, especias y cereales, en niveles elevados si no se almacenan correctamente. La Comisión acordó un límite máximo de seguridad de 10 microgramos por kilogramo para los higos secos, además de las instrucciones para efectuar la toma de muestras.

Melones. Existe un problema emergente de salud pública relacionado con la popularidad creciente de las rodajas de melón precortadas. La pulpa expuesta de la fruta puede convertirse en un caldo de cultivo para las bacterias. Esto se ha relacionado con brotes que pueden ser mortales de salmonella y listeria.

La Comisión recomendó envasar o envolver y refrigerar los melones precortados tan pronto como resulte posible y distribuirlos a temperaturas iguales o inferiores a 4⁰C. También aconseja el enfriamiento y almacenamiento en frío tan pronto como sea posible después de la cosecha, mientras que las hojas de los cuchillos utilizadas para cortar o pelar las rodajas deben desinfectarse de forma regular.

Productos marinos y virus. La higiene alimentaria en los productos del mar, especialmente en los moluscos -como mejillones y ostras-, ha adquirido gran importancia para la inocuidad de los alimentos. La Comisión adoptó un conjunto de medidas higiénicas preventivas con el objetivo de controlar los virus transmitidos por los alimentos. Los virus son habitualmente más resistentes que las bacterias y aquéllos que se transmiten por vía fecal-oral pueden permanecer durante meses en los moluscos bivalvos, el suelo, el agua y los sedimentos. Pueden sobrevivir a la congelación, la refrigeración, la radiación UV y la desinfección, pero son sensibles al calor.

Entre las enfermedades virales comunes transmitidas por los alimentos se incluyen la hepatitis A y el norovirus. La Comisión señaló que el riesgo principal para la producción de moluscos -como ostras y mejillones- es la contaminación biológica de las aguas en las que crecen.

Por ello es importante garantizar la calidad del agua de mar de las zonas de crecimiento, según la Comisión. Cuando hay posibilidad o existen pruebas de contaminación viral, se recomienda cerrar la zona, destruir los moluscos contaminados y/o tratar térmicamente los moluscos ya cosechados antes de su consumo.

Etiquetado nutricional obligatorio. El Codex recomienda que los fabricantes de productos alimentarios en todo el mundo etiqueten el contenido nutricional de sus productos con el fin de ofrecer mejor información a los consumidores. La recomendación concuerda la Estrategia sobre régimen alimentario, actividad física y salud de la OMS, y es un paso importante para promocionar una alimentación saludable en todo el mundo.

Tomado de http://www.lavoz.com.ar/suplementos/salud/onu-endurece-normas-para-venta-alimentos

martes, 26 de junio de 2012

TLC Corea-Colombia multiplicará por cinco el comercio

Los presidentes de los dos países destacaron las oportunidades y fortalezas del tratado comercial.

El presidente surcoreano, Lee Myung Bak, declaró que implementar un Tratado de Libre Comercio con Colombia traerá beneficios mutuos.

Lee dijo que el TLC multiplicaría por cinco o más el comercio bilateral durante el próximo quinquenio, además de generar ‘un notable’ aumento en la inversión extranjera directa en las dos naciones.

Aseguró que Colombia, debido a su potencial económico, podría aprovechar el TLC con Corea del Sur para introducirse en el mercado asiático y crecer a un ritmo mucho más acelerado.

El mandatario surcoreano añadió que Corea del Sur, por su parte, podría establecerse como una ‘punta de lanza’ en el mercado latinoamericano a través de Colombia.

Sobre su gira por varios países de la región, el presidente surcoreano declaró que América Latina está llena de oportunidades y que las empresas de su país, que temen por la inseguridad que existe en los países de este continente, deben ser valientes y lanzarse a la conquista de ese mercado.

“Cuanto más grande es el riesgo, mayores son las ganancias”, dijo el jefe de Estado mientras recorría ayer una feria de productos coreanos, en Bogotá.

Enfatizó que lo importante al hacer negocios es asegurar una posición ventajosa en un mercado antes que los competidores.

Asimismo, y durante la reunión mantenida con surcoreanos residentes en Bogotá, concluyó que Colombia es un país de infinitas posibilidades y que ellos podrán ser pioneros al aprovecharlas.

El presidente también visitó el monumento por la participación de Colombia en la guerra de Corea.

CIERRE DE LA NEGOCIACIÓN

Los ministros de comercio de las dos naciones firmaron ayer el cierre formal de las negociaciones.

La etapa que sigue es la revisión legal de los textos, a cargo de los equipos negociadores de los dos países; en este proceso, se discuten los términos de cada uno de los capítulos y se analizan si van acorde o en contra de las legislaciones.

Al final, se entrega un documento (corregido) que se entregaría al Congreso como proyecto de Ley, asímismo al Parlamento Nacional de Corea.

Tomado de Portafolio.com 

‘Innovación social es clave en la lucha contra la pobreza’

A través de una gran alianza con el sector privado, el Gobierno quiere liderar soluciones sociales.

Colombia es pionera en el desarrollo de innovación social, una apuesta del Gobierno de la mano del sector privado para aprovechar el talento de las comunidades en la búsqueda de soluciones a sus necesidades básicas y el mejoramiento de su calidad de vida.

En ese norte, que apunta a la lucha contra el fuerte fenómeno de la pobreza en Colombia, Luisa Fernanda Acevedo, directora del Centro de Innovación Social de la Agencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema, habló con Portafolio sobre qué están haciendo para potencializar el talento de los colombianos con mayores necesidades.

¿Qué es el Centro de Innovación Social?
Es una estrategia pionera, ya que es el primer centro de este tipo en un país latinoamericano, y de los pocos del mundo que busca fomentar la participación y el empoderamiento de la sociedad como un todo, en la búsqueda de soluciones de impacto que resuelvan las necesidades de la población pobre y vulnerable de forma eficiente.

¿Cómo pretenden atraer a los ‘talentos’?
A través de cuatro líneas estratégicas: en primer lugar, estamos fortaleciendo la promoción del concepto de innovación social; así mismo, hacemos gestión del conocimiento para encontrar sinergias entre el conocimiento científico y el conocimiento local; en tercer lugar, estamos desarrollando la documentación de casos de aprendizaje sobre este concepto novedoso.

¿Y la financiación?
Ese es el cuarto punto, gestionamos la financiación de proyectos mediante las alianzas público-privadas.

¿Qué tan acompañados estarían los proyectos?
Mucho, la idea es detectar esas ideas que pueden generar un fuerte impacto positivo sobre las comunidades y brindarles un mejoramiento de la calidad de vida; luego, queremos financiar los mejores proyectos para replicarlos sobre toda su comunidad.

¿Por qué este propósito?
Porque todo el talento y el emprendimiento no pueden quedarse solo en las industrias y los negocios, también la creatividad y la capacidad de los colombianos para crear pueden aportar en la lucha contra la pobreza.

¿Qué es la sala de innovación social?
Un espacio físico en el que vamos a poder realizar procesos de ideación y co-creación de proyectos que brindarán soluciones a los retos sociales del país.

FINANCIARÁN UN PROYECTO DE INNOVACIÓN SOCIAL EN EL PAÍS
Hasta el pasado 14 de junio se recibieron cientos de propuestas provenientes de todo el país que de diferentes formas brindaban soluciones a necesidades básicas de las comunidades más pobres de Colombia.

En los próximos días se conocerán los tres finalistas, que serán puestos a prueba para posteriormente elegir un solo proyecto. Este ganador recibirá financiación y la gestión necesaria para sacar adelante la iniciativa y verla replicada sobre su comunidad.

Juan Manuel Ramírez
Subeditor Portafolio.co

miércoles, 23 de mayo de 2012

¿Qué es el Teletrabajo? La nueva revolución Industrial.

¿QUÉ ES EL TELETRABAJO?

El Teletrabajo es una forma de organización laboral, que se da en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, utilizando como soporte las tecnologías de la información y la comunicación –TIC- para el contacto entre el trabajador y empleador sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo.

¿QUIÉN ES TELETRABAJADOR?

El TELETRABAJADOR es la persona que utiliza las tecnologías de la información y comunicación como medio o fin para realizar su actividad laboral fuera del local del empleador, en el marco de una relación laboral dependiente, en la cual le sean garantizados todos sus derechos laborales.

¿POR QUÉ ES NECESARIO REGULAR EL TELETRABAJO EN COLOMBIA?

El teletrabajo se hace necesario regularlo debido a que no hay una presencia física del trabajador en la empresa y no se aplican las disposiciones sobre jornada laboral, lo cual puede generar abusos por parte del empleador por sobrecarga de trabajo. También se debe a que muchas veces se tiene un concepto errado el cual se considera que el teletrabajo no es trabajo, y esto genera precarización laboral, motivo por el cual se hace necesario respetar los derechos y garantías de los teletrabajadores a partir de la reglamentación de la ley 1221 de 2008.

¿TIENEN LOS MISMOS DERECHOS LOS TELETRABAJADORES A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTRAN EN LAS INSTALACIONES DEL EMPLEADOR?

Para garantizar la igualdad laboral de los teletrabajadores frente a los demás trabajadores del sector privado y público así, como sus condiciones laborales especiales que regirán las relaciones entre empleadores y teletrabajadores.

La norma establece obligaciones y responsabilidades entre las partes, y también crea incentivos para aquellas empresas que generen nuevas puestos a través del Teletrabajo, sobre todo para la población en condición de discapacidad, desplazamiento forzoso, aislamiento geográfico, mujeres cabeza de hogar, población en reclusión y personas cuya vida esté amenazada.

¿CÓMO BENEFICIARÁ EL TELETRABAJO A LAS MUJERES COLOMBIANAS?

A partir del Decreto reglamentario de la ley 1221 de 2008, las mujeres serán las gran beneficiadas, toda vez que se fomentará que las empresas el TELETRABAJO antes de entrar en la licencia de maternidad y durante la etapa de lactancia posterior a la licencia de ley. Esto es muy importante, pues se trata de dos momentos definitivos para la estabilidad de la madre, el desarrollo del niño y la productividad de la empresa.

¿QUÉ SECTORES SE BENEFICIAN CON EL TELETRABAJO?

El teletrabajo se puede desarrollar en los sectores público y privado, en empresas que tengan asiento en Colombia con ciudadanos que vivan dentro del territorio nacional.

Descarga aquí LEY 1221 DE 2008 por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones y el decreto 0884, que la reglamenta.

http://www.sena.edu.co/downloads/2008/juridica/ley-1221-de-2008.pdf
http://portal.dafp.gov.co/form/formularios.retrive_publicaciones?no=1330

¿Ya conoce la norma ISO 50001? Gestión de la energía para el mundo.

En junio de 2011, la Organización Internacional de Normalización ISO publicó la Norma ISO 50001:2011 sobre Sistemas de Gestión de la Energía.

La Norma ISO 50001 establece un marco para gestionar la energía en las plantas industriales, instalaciones comerciales u organizaciones. Descarga el documento ISO aquí (Inglés, 13p).

Con una amplia aplicabilidad en sectores económicos nacionales, se estima que la norma ISO 50001 podría influir hasta el 60% del consumo de energía del mundo.

ISO 50001 – ¿Qué es?

El documento se basa en los elementos comunes que se encuentran en todas las normas ISO de administración de sistemas, asegurando un alto nivel de compatibilidad con la norma ISO 9001 (gestión de calidad) e ISO 14001 (gestión medioambiental).

ISO 50001 proporciona a las organizaciones los requisitos para los sistemas de gestión de la energía (EnMS).

ISO 50001 es aplicable a organizaciones grandes y pequeñas, tanto en los sectores público como privado, en la fabricación y servicios, en todas las regiones del mundo.

ISO 50001 establecerá un marco para las instalaciones industriales, comerciales, institucionales y las instalaciones gubernamentales, y la totalidad de las organizaciones para administrar la energía.

Beneficios de la ISO 50001

ISO 50001 proporcionará los siguientes beneficios:

- Un marco para la integración de la eficiencia energética en las prácticas de gestión
- Hacer un mejor uso de los activos que consumen energía
- Benchmarking, la medición, documentación y presentación de informes mejoras de la intensidad energética y sus efectos previstos en la reducción de gases de efecto invernadero (GEI)
- Transparencia y comunicación sobre la gestión de los recursos energéticos
- Mejores prácticas de gestión y el buen comportamiento durante la gestión energética
- Evaluar y priorizar la aplicación de nuevas tecnologías de eficiencia energética
- Un marco para promover la eficiencia energética en toda la cadena de suministro
- Mejoras de la gestión en el contexto de proyectos de reducción de emisiones de GEI.

La responsabilidad de la elaboración de esta Norma, estuvo a cargo del Comité ISO/TC 242 – Gestión de la Energía, cuya Secretaría fue asignada a ANSI, (American National Standards Institute) y a ABNT (Associação Brasileira de Normas Técnicas). Este Comité está integrado por delegados de 58 países miembros de ISO.
Impacto: hasta un 60% del consumo

Enfocando su amplia aplicabilidad en los sectores económicos nacionales, se estima que la norma podría influir hasta un 60% del consumo de energía del mundo.

Esta estimación se basa en la información de la sección “La demanda de Energía Mundial y Perspectivas Económicas”, de la “Perspectiva Internacional de Energía 2010″, publicado por la Administración de Información de Energía de Estados Unidos.

En esa publicación, se citan las cifras de 2007 de consumo sobre la energía mundial por sector, incluyendo 7% por el sector comercial (que se define como empresas, instituciones y organizaciones que prestan servicios), y el 51% por el sector industrial (incluyendo la manufactura, la agricultura, minería y construcción). Como la norma ISO 50001 está destinada básicamente a los sectores comercial e industrial, la adición de las cifras anteriores proporciona un total aproximado de 60% en la demanda mundial de energía en la que dicha norma podría tener un impacto positivo.

Diferencias ISO 14001 e ISO 50001

¿Qué pasa si ya tengo un sistema de gestión medio ambiental 14001? ¿Cómo elegir entre los 2 estándares?

Descargate este interesante documento (Español, 3 páginas) de BSI que compara las 2 normas capítulo por capítulo.

lunes, 7 de mayo de 2012

Decreto 4023 de 2011: cambios en el Sistema General de Seguridad Social en Salud

El Artículo 24 del Decreto en mención establece que no se podrá deducir de las cotizaciones a salud los valores correspondientes a incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad/paternidad. Esto fue reglamentado en el Artículo 20 de la Resolución 610 de 2012, la cual amplía la prohibición no solo para las incapacidades y licencias sino a todo tipo de deducciones por otros conceptos.

Le recomendamos hacer sus descuentos pendientes antes de la fecha límite ya que a partir de esa fecha los pagos a los aportantes serán realizados directamente por las EPS o EOC a través de reconocimiento directo o transferencia electrónica.

Lea el Decreto 4023 y la Resolución 610.

Tomado de http://www.enlaceoperativo.com/ultimas-noticias/decreto-4023-de-2011

miércoles, 2 de mayo de 2012

Ya empezó a regir el Estatuto del Consumidor, conózcalo y sepa defenderse

En abril comenzó a regir el nuevo Estatuto del Consumidor, norma que da muchas herramientas de defensa al consumidor contra los abusos de productores, distribuidores y comercializadores de cualquier clase de bienes o servicios.


Aspectos a resaltar del nuevo Estatuto del Consumidor o Ley 1480 de 2011:

Término de la Garantía Legal

Lo primero que debemos señalar es que una cosa es la garantía contractual o convecional y otra la legal. La primera es la que expresamente otorga el fabricante o comercializador, en todo caso, todo debe tener una garantía presunta o denominada también Garantía Legal, pues es la ley o la autoridad competente la que impone un término mínimo respecto a calidad, cantidad e idoneidad de lo que se oferta. Por supuesto que al ser una garantía de rango legal, así el productor o comercializador no lo anuncie, está presente la garantía legal o presunta.

Dicha garantía legal o presunta, quedó de la siguiente manera según el artículo 8º de la Ley 1480:

Inicio de la Garantía: Empezará a correr a partir de la entrega del producto al consumidor, no de la fecha de fabricación.

Silencio frente a la Garantía de productos nuevos: El término será de un (1) año.

Silencio frente a la Garantía de productos perecederos: El término de la garantía legal será el de la fecha de vencimiento o expiración.

Garantía de productos usados o de segunda: Los productos usados en los que haya expirado el término de la garantía legal podrán ser vendidos sin garantía, circunstancia que debe ser informada y aceptada por escrito claramente por el consumidor. En caso contrario se entenderá que el producto tiene garantía de tres (3) meses.

Tiempo de reparación suspende término de garantía: El término de la garantía se suspenderá mientras el consumidor esté privado del uso del producto con ocasión de la efectividad de la garantía (Art. 9).

Inmuebles: Para los bienes inmuebles la garantía legal comprende la estabilidad de la obra por diez (10) años, y para los acabados un (1) año.

Garantía del nuevo producto en reposición: Si se produce el cambio total del producto por otro, el término de garantía empezará a correr nuevamente en su totalidad desde el momento de reposición. Si se cambia una o varias piezas o partes del bien, estas tendrán garantía propia (Art. 9).

Responsabilidad solidaria de productor y comercializador: Para la Ley son solidarios, o sea, responde cualquiera, bien sea el fabricante o el distribuidor o comercializador, basta con demostrar el defecto del bien o servicio ofrecido.

Parqueaderos o Estacionamientos a responder: En la prestación del servicio de parqueadero la persona natural o jurídica que preste el servicio deberá expedir un recibo del bien en el cual se mencione la fecha y hora de la recepción, la identificación del bien, el estado en que se encuentra y el valor del servicio en la modalidad en que se preste. Para la identificación y el estado en que se recibe el bien al momento del ingreso, podrá utilizarse medios tecnológicos que garanticen el cumplimiento de esta obligación. Cuando se trate de zonas de parqueo gratuito, el prestador del servicio responderá por los daños causados cuando medie dolo o culpa grave (Art. 18).

 

Reparación y cambio del producto:

1. Como regla general, reparación totalmente gratuita de los defectos del bien, así como su transporte, de ser necesario, y el suministro oportuno de los repuestos. Si el bien no admite reparación, se procederá a su reposición o a la devolución del dinero.

2. En caso de repetirse la falla y atendiendo a la naturaleza del bien y a las características del defecto, a elección del consumidor, se procederá a una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o al cambio parcial o total del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas, las cuales en ningún caso podrán ser inferiores a las del producto que dio lugar a la garantía.

3. En los casos de prestación de servicios, cuando haya incumplimiento se procederá, a elección del consumidor, a la prestación del servicio en las condiciones en que fue contratado o a la devolución del precio pagado.

4. Suministrar las instrucciones para la instalación, mantenimiento y utilización de los productos de acuerdo con la naturaleza de estos.

5. Disponer de asistencia técnica para la instalación, mantenimiento de los productos y su utilización, de acuerdo con la naturaleza de estos. La asistencia técnica podrá tener un costo adicional al precio.

6. La entrega material del producto y, de ser el caso, el registro correspondiente en forma oportuna.

7. Contar con la disponibilidad de repuestos, partes, insumos, y mano de obra capacitada, aun después de vencida la garantía, por el término establecido por la autoridad competente, y a falta de este, el anunciado por el productor. En caso de que no se haya anunciado el término de disponibilidad de repuestos, partes, insumos y mano de obra capacitada, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por información insuficiente, será el de las condiciones ordinarias y habituales del mercado para productos similares. Los costos a los que se refiere este numeral serán asumidos por el consumidor, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 1 del presente artículo.

8. Las partes, insumos, accesorios o componentes adheridos a los bienes inmuebles que deban ser cambiados por efectividad de garantía, podrán ser de igual o mejor calidad, sin embargo, no necesariamente idénticos a los originalmente instalados.

9. En los casos de prestación de servicios que suponen la entrega de un bien, repararlo, sustituirlo por otro de las mismas características, o pagar su equivalente en dinero en caso de destrucción parcial o total causada con ocasión del servicio defectuoso. Para los efectos de este numeral, el valor del bien se determinará según sus características, estado y uso. (Art. 11)

Venta de productos Imperfectos o Remanufacturados: Cuando se ofrezcan en forma pública productos imperfectos, usados, reparados, remanufacturados, repotencializados o descontinuados, se debe indicar dicha circunstancia en forma precisa y notoria, de acuerdo con las instrucciones que señale la Superintendencia de Industria y Comercio.

Vigencia de ofertas y promociones: Las condiciones de tiempo, modo, lugar y cualquier otro requisito para acceder a la promoción y oferta, deberán ser informadas al consumidor en la publicidad.

Sin perjuicio de las sanciones administrativas a que haya lugar, de no indicarse la fecha de iniciación de la promoción u oferta, se entenderá que rige a partir del momento en que fue dada a conocer al público. La omisión de la fecha hasta la cual está vigente o de la condición de que es válida hasta agotar inventario determinado, hará que la promoción se entienda válida hasta que se dé a conocer la revocatoria de la misma, por los mismos medios e intensidad con que se haya dado a conocer originalmente.

Cláusula de Permanencia Mínima. La cláusula de permanencia mínima en los contratos de tracto sucesivo solo podrá ser pactada de forma expresa cuando el consumidor obtenga una ventaja sustancial frente a las condiciones ordinarias del contrato, tales como cuando se ofrezcan planes que subsidien algún costo o gasto que deba ser asumido por el consumidor, dividan el pago de bienes en cuotas o cuando se incluyan tarifas especiales que impliquen un descuento sustancial, y se pactarán por una sola vez, al inicio del contrato. El período de permanencia mínima no podrá ser superior a un año, a excepción de lo previsto más adelante.

El proveedor que ofrezca a los potenciales consumidores una modalidad de contrato con cláusula de permanencia mínima, debe también ofrecer una alternativa sin condiciones de permanencia mínima, para que el consumidor pueda comparar las condiciones y tarifas de cada una de ellas y decidir libremente.

En caso de que el consumidor dé por terminado el contrato estando dentro del término de Vigencia de la cláusula de permanencia mínima solo está obligado a paga el valor proporcional del subsidio otorgado por los periodos de facturación que le hagan falta para su vencimiento.

En caso de prorrogarse automáticamente el contrato una vez vencido el término de la cláusula mínima de permanencia, el consumidor tendrá derecho a terminar el contrato en cualquier momento durante la vigencia de la prórroga sin que haya lugar al pago de sumas relacionadas con la terminación anticipada del contrato, salvo que durante dicho periodo se haya pactado una nueva cláusula de permanencia mínima en aplicación de lo previsto en el parágrafo 1o del presente artículo.

Ojo. Solo podrá pactarse una nueva cláusula de permanencia mínima, cuando el proveedor ofrezca al consumidor unas nuevas condiciones que representen una ventaja sustancial a las condiciones ordinarias del contrato (Art. 41).


Cláusulas abusivas son ineficaces de pleno derecho: Son ineficaces de pleno derecho las cláusulas que:

1. Limiten la responsabilidad del productor o proveedor de las obligaciones que por ley les corresponden;

2. Impliquen renuncia de los derechos del consumidor que por ley les corresponden;

3. Inviertan la carga de la prueba en perjuicio del consumidor;

4. Trasladen al consumidor o un tercero que no sea parte del contrato la responsabilidad del productor o proveedor;

5. Establezcan que el productor o proveedor no reintegre lo pagado si no se ejecuta en todo o en parte el objeto contratado;

6. Vinculen al consumidor al contrato, aun cuando el productor o proveedor no cumpla sus obligaciones;

7. Concedan al productor o proveedor la facultad de determinar unilateralmente si el objeto y la ejecución del contrato se ajusta a lo estipulado en el mismo;

8. Impidan al consumidor resolver el contrato en caso que resulte procedente excepcionar el incumplimiento del productor o proveedor, salvo en el caso del arrendamiento financiero;

9. Presuman cualquier manifestación de voluntad del consumidor, cuando de esta se deriven erogaciones u obligaciones a su cargo;

10. Incluyan el pago de intereses no autorizados legalmente, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal.

11. Para la terminación del contrato impongan al consumidor mayores requisitos a los solicitados al momento de la celebración del mismo, o que impongan mayores cargas a las legalmente establecidas cuando estas existan;

12. Obliguen al consumidor a acudir a la justicia arbitral. (Tribunal de Arbitramento)

13. Restrinjan o eliminen la facultad del usuario del bien para hacer efectivas directamente ante el productor y/o proveedor las garantías a que hace referencia la presente ley, en los contratos de arrendamiento financiero y arrendamiento de bienes muebles.

14. Cláusulas de renovación automática que impidan al consumidor dar por terminado el contrato en cualquier momento o que imponga sanciones por la terminación anticipada, a excepción de nuevos incentivos por renovar o prorrogar y así lo acepte el consumidor. (Art. 43)


Sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio por violación al Estatuto del Consumidor:
1. Multas hasta por 2.000 s.m.m.l.v.

2. Cierre temporal del establecimiento de comercio hasta por 180 días;

3. En caso de reincidencia y atendiendo a la gravedad de las faltas, cierre definitivo del establecimiento de comercio o la orden de retiro definitivo de una página web portal en Internet o del medio de comercio electrónico utilizado;

4. Prohibición temporal o definitiva de producir, distribuir u ofrecer al público determinados productos.

5. Ordenar la destrucción de un determinado producto, que sea perjudicial para la salud y seguridad de los consumidores.

6. Multas sucesivas hasta de 1.000 s.m.m.l.v., por inobservancia de órdenes o instrucciones mientras permanezca en rebeldía.

Cuando se compruebe que los administradores, directores, representantes legales, revisores fiscales, socios, propietarios u otras personas naturales han autorizado o ejecutado conductas contrarias a las normas contenidas en la presente ley, se les podrán imponer multas hasta por 300 s.m.m.l.v. y la prohibición de ejercer el comercio hasta por 5 años.

Autoridades de Control y Vigilancia del Estatuto del Consumidor:Superintendencia de Industria y Comercio, Superintendencia Financiera, Alcaldes

Recuerde lo siguiente:

Especulación. Se considera especulación la venta de bienes o la prestación de servicios a precios superiores a los fijados por autoridad competente.

Acaparamiento. Se considera acaparamiento la sustracción del comercio de mercancías o su retención, cuando se realiza con la finalidad de desabastecer el mercado o presionar el alza de precios.

Usura. Se considera usura recibir o cobrar, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios mediante sistemas de financiación o a plazos, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el periodo correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Financiera, cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla.

Disponible en http://actualicese.com/actualidad/2012/04/12/hoy-empieza-a-regir-el-estatuto-del-consumidor-conozcalo-y-sepa-defenderse/