Dentro del proceso de formación de un negocio, la constitución legal de la empresa constituye un paso esencial. Sólo así el emprendedor logrará que su compañía sea considerada legalmente establecida por el Gobierno y pueda funcionar en forma regular.
La constitución de la empresa puede ser como Persona física, Sociedad anónima o como Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cualquiera que sea la forma de constitución que el emprendedor decida para su empresa, deberá seguir una serie de trámites legales.
Es importante tomar en cuenta que el emprendedor, al decidir cual será la estructura legal que adoptará para constituir su pequeña empresa, deberá estar asesorado por un contador y un abogado. Conforme a las disposiciones legales vigentes en México, debes seguir estos cuatro pasos para pasar de ser persona física y convertirte en persona moral:
1. Regístrate en www.tuempresa.gob.mx. Para esto necesitas tu CURP, RFC y Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
2. Ingresa hasta tres denominaciones (o razones) sociales. Por cada una de ellas puedes recibir como respuesta: no favorable, en proceso o favorable.
3. Reserva tu denominación social. Elige el régimen jurídico y fedatario público con el que formalizarás el trámite. Las formas de operar a través de sociedades reconocidas por las leyes mexicanas son:
- Sociedad Anónima de Capital Variable o S.A. de C.V.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada o S. de R.l.
- Sociedad en Nombre Colectivo o S. en N.C.
- Sociedad en Comandita Simple o S. en C.S.
- Sociedad Anónima o S.A.
4. Acude con el fedatario público que elegiste para construir tu empresa o persona moral. Debes presentar los siguientes documentos para continuar tus trámites:
- Original y fotocopia del comprobante de domicilio fiscal (original para cotejo).
- Copia certificada y fotocopia del documento constitutivo debidamente protocolizado.
- Original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del representante legal.
- Copia certificada y fotocopia del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante autoridades fiscales o ante notario o federatario público (copia certificada para cotejo).
¿Cuáles son las ventajas de hacer esto?
- Permitirá que se incorporen nuevos socios y da mayor certeza ante las instituciones bancarias.
- Da prueba de la seriedad de la empresa en tanto entidad independiente al dueño. Facilita el acceso a subsidios, fondos de inversión y concursos empresariales.
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