martes, 13 de noviembre de 2012

Decreto 1503 de seguridad vial, excelente en el papel


Bogotá D. C., may. 15 de 2012 - Agencia de Noticias UN- A seis meses de promulgada la nueva ley de formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía, la mayoría de ciudadanos desconocen la normativa y las autoridades poco la exigen.
La Ley 1503 del 29 de diciembre de 2011 tiene por objeto definir lineamientos generales en educación, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover la seguridad en las vías. 
En consecuencia, se espera la formación de criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la vía pública. 
Según Néstor Sáenz, ingeniero en transporte y docente de la UN, la normativa expedida por el Congreso es un documento excelente desde el punto de vista de las responsabilidades y derechos de las personas, así como de la labor de control que deberían hacer las autoridades. 
No obstante, la falta de articulación entre la academia, instituciones públicas y operadores privados hace que la tarea no sea tan fácil como se dictamina en el papel. 
“Para que la ley opere, es necesario que se llegue a consensos entre estos tres sectores. El primero, con estudios serios; los segundos, con acciones concretas de control; y los terceros, con el cumplimiento de las reglas”, dice el experto. 
Si bien los Ministerios de Transporte y de Educación tienen un plazo de doce meses para reglamentar la ley y para presentar las orientaciones y estrategias pedagógicas, hasta la fecha no se evidencian avances significativos. 
Según Sáenz, incluso las autoridades de tránsito, en su mayoría, no conocen bien la nueva norma. Por eso, el llamado es para que las autoridades la hagan más visible y la difundan y para que analicen con atención los planteamientos que entregan universidades como la UN, en donde existe una especialización en seguridad vial en la que se plantean ideas para reglamentar la nueva ley.
Algunos detalles 
• La nueva Ley de seguridad vial exige la enseñanza de las normas de tránsito desde la edad preescolar, de manera sistemática.
• El Gobierno creará el portal web de seguridad vial como una herramienta para informar sobre las investigaciones y avances en la materia, así como sobre el reporte de siniestros de tránsito y el de experiencias positivas.
• Las entidades territoriales emitirán la tarjeta de compromiso personal con la seguridad vial. Esta será para el uso de los funcionarios y servidores públicos, peatones o transeúntes, pasajeros y conductores en general.
• Todas las entidades territoriales elaborarán un mapa de siniestralidad vial con el propósito de determinar de manera específica los puntos cruciales en que se requiere la intervención pública y las estrategias para lograr mejorar los índices de siniestralidad vial detectados.
• Todos los planes de desarrollo incluirán capítulos específicos sobre medidas en pro de la seguridad vial, en la respectiva entidad territorial, con el correspondiente presupuesto.

 

Empresas pagarán menos impuestos por teletrabajo


El Ministerio de Trabajo anunció que las empresas que generen nuevos empleos a partir del teletrabajo podrán tomar los aportes que realizan en parafiscales como descuento tributario para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta, es decir, si implementa el desempeño de actividades sin necesidad de presencia física, entonces, pagará menos impuestos.

En promedio hay 31.533 teletrabajadores (TT) en Colombia, tan solo en Bogotá hay 23.485 TT, en Medellín 2.850 TT y en Cali de 3.012 TT.

De acuerdo con el Ministerio, existen tres tipos de teletrabajadores reglamentados en el país, los Autónomos quienes utilizan sus casas para realizar la actividad laboral; los Móviles que no tienen un lugar de trabajo fijo y por último, los Suplementarios que son los que laboran dos o tres días a la semana en su casa y el resto lo hacen en la oficina.

Hoy el empleador está en la obligación de pagar seguridad social. A esto se le añadirá que tendrá que incorporar las condiciones para que opere mediante el reglamento, está obligado a suministrar los equipos de trabajo, a incluir al TT dentro del programa de salud ocupacional, además, a informarle la política de la empresa.

En los casos en que el teletrabajador esté contratado por el Estado será la Comisión Nacional del Servicio Civil la que mida el ejercicio de los empleados.

Con mayor protección
Por su parte, el TT tiene que participar en las actividades de la empresa, cumplir con las normas y utilizar los elementos de protección personal que se le suministren.

Según la iniciativa del Ministerio, en cuanto al pago de horas extras y demás beneficios, el empleador está en la obligación de entregarlo solo si el empleado puede demostrar que ha estado más tiempo del que le demanda la organización, sin embargo, no tendrá subsidio de transporte.

Según Rafael Pardo Rueda , ministro de Trabajo, este despacho está haciendo una campaña para la incorporación en el teletrabajo a los discapacitados.

¿Pero quién se beneficia al laborar a distancia?

Según el Ministerio, los trabajadores tienen las mismas condiciones si se desempeñan dentro o fuera de sus oficinas, se podrán incluir en esta última modalidad las personas que sean discapacitados, que estén en condiciones de desplazamiento forzoso o aislamiento geográfico, las mujeres cabeza de familia, la población que se encuentre en las cárceles y las personas amenazadas.

Además, las mujeres en etapa de maternidad, antes de iniciar su licencia o en el periodo de lactancia podrán hacer uso del trabajo a distancia a partir del Decreto reglamentario de la ley 1221 de 2008 que regula esta forma de labor en el país.

Tomado de: http://www.elcolombiano.com/BancoConocimiento/E/empresas_pagaran_menos_impuestos_por_teletrabajo/empresas_pagaran_menos_impuestos_por_teletrabajo.asp

jueves, 1 de noviembre de 2012

Colombia se moderniza en riesgos laborales

Ahora los trabajadores tienen mayores beneficios y los empleadores más obligaciones.
 
Los dos últimos años han sido claves para que Colombia avance en materia de seguridad industrial, medio ambiente y protección a los trabajadores.
 
A la par que se perfeccionaban los acuerdos comerciales para los Tratados de Libre Comercio (TLC), las medianas y grandes compañías investigaban y se ponían al día en normas, leyes, códigos y, en general, en todo tipo de exigencias con el fin de lograr que los productos nacionales puedan estar en esos mercados sin mayores trabas.
 
Paralelamente, el Congreso de la República le daba los últimos toques y aprobó, en junio de este año, la Ley 1562 que modificó el Sistema de Riesgos Laborales y dictó otras disposiciones importantes en materia de salud ocupacional.
 
“Lo que se hizo fue una modernización de Ley 1295 de 1994, para que el país estuviera al día y a la altura de otras legislaciones en el mundo”, recalcó Renán Alfonso Rojas, presidente del Consejo Colombiano de Seguridad (CCS).

En eso coincidió con Rafael Pardo, ministro de Trabajo, quien al presentar oficialmente la nueva norma indicó que “se trata de una gran reforma al sistema, que amplía los derechos de los trabajadores y fija nuevas responsabilidades a todos los actores en beneficio de la seguridad social de todos los colombianos”.

En adelante, “todas las empresas tendrán que cumplir los estándares mínimos del sistema de garantías de calidad y asistir a los programas que periódicamente ofrecerán las aseguradoras de riesgos profesionales”, enfatizó el ministro en ese momento.

Hay que capacitar a más operarios, “para que se socialicen con los equipos automatizados de última generación; eso se reflejará en la calidad de los productos y en el nivel de competitividad de las empresas”, dijo entre tanto Pablo Eter, gerente general de Imocom.

GRANDES RETOS

Para Rojas, en materia de seguridad industrialdefinitivamente hay sectores que van bien y están preparados, pero en otros existe mucho por hacer.

“En el sector petrolero, industrial y energético, el avance es bueno, pero por ejemplo, en el agro, que es una de las locomotoras, hay deficiencias que se deben subsanar y en las que la nueva ley puede aportar”, acotó Rojas.

Por su parte, Martín Sánchez Esquivel, magíster en Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Universidad Nacional, quien además fue el primero en realizar un análisis de la nueva norma, en la revista especializada ‘Protección y Seguridad’, hay nuevos retos y obligaciones.

“Se define lo que es salud ocupacional, que debe entenderse como seguridad y salud en el trabajo. Así mismo, se mencionan temas muy importantes para los trabajadores como la definición de accidente de trabajo y enfermedad laboral”.

INCLUSIÓN TOTAL
En Colombia, según el Dane, hay 8,3 millones de trabajadores dependientes y cerca de 350 mil independientes afiliados al sistema de riesgos profesionales, hoy llamados riesgos laborales, por la nueva ley.

Y, aunque las 1.432 empresas que fueron evaluadas por el Registro Uniforme de Evaluación del Sistema de gestión en Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente, del CCS, sacaron en promedio una calificación de 91,1 por ciento en seguridad industrial, aún hay muchos aspectos para mejorar, y muchas de ellas ya lo tienen claro.

Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el 2011 conoció 14.152 casos de lesiones accidentales, de los cuales 76,2 por ciento resultaron ‘no fatales’ y el 23, 8 por ciento fueron fatales.

Para esto la nueva ley creó una comisión de inspectores de trabajo a nivel nacional, que, aunque existía de alguna manera, por mucho tiempo fue insuficiente.

Así las cosas, para el Ministerio de Trabajo la meta es que ni un solo trabajador esté por fuera del sistema.

MÁS BENEFICIOS PARA EL TRABAJADOR

Antes de la entrada en vigencia de la Ley 1562, los empleadores debían contar con un Programa de Salud Ocupacional, que era la organización y planeación sencilla de las actividades en materia de seguridad ocupacional.

“Ahora la ley le asigna la obligación de implementar un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, entendido como un proceso lógico y por etapas que siga las directivas de la OIT relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo (ILO-OSH 2001), en especial, lo relativo a la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora para gestionar los riesgos ocupacionales”, indicó Martín Sánchez Esquivel, Magíster en Seguridad y Salud en el Trabajo, de la Universidad Nacional.

Para Rafael Pardo, ministro de Trabajo, estos temas son vitales en cuanto a protección de los derechos de los trabajadores.

“Tendremos una comisión permanente de trabajo dedicada a los temas de riesgos laborales, así de paso se verán beneficiados en otras áreas, por ejemplo, las prestaciones económicas, que antes prescribían al año, ahora lo harán en tres años y las incapacidades temporales que les sean pagadas deberán indexarse con base en el índice de precios al consumidor (IPC)”.